Cuando se habla de hipotecas
sin aval se hace referencia a un
tipo de préstamo bancario con
garantía hipotecaria donde no se
exige ninguna garantía
adicional a aquel bien que
quedará prendado por la especie
hipotecaria.
Usualmente los bancos no
solamente desean prestarle a
usted el dinero en cuestión sino que también
le interesa verificar que usted
posee los ingresos necesarios
para pagarlo pues, si bien el
banco tiene como prenda su
casa, al banco le interesa que
usted pague y no rematarle la
casa pues este último no es su
negocio específico.
En ciertos períodos de tiempo,
especialmente cuando los bancos
sufren de exceso de liquidez que
deben colocar en el mercado,
pueden llegar a ofrecer este
tipo de otorgamientos sin aval o
con avales mínimos o reducidos.
Para ello habrá que estar atento
a las fluctuaciones de los
mercados y a la publicidad que
se realiza al respecto.

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